Las constituciones de las Grandes Logias plantean que: “Solo pueden recibirse masones hombres, de buenas costumbres y de edad adulta.” En nuestros días la mayoría de edad está identificada con los 21 años, pero este artículo ha tenido diferentes regulaciones a través del tiempo. En los Reglamentos Generales aprobados por la Gran Logia de Londres en 1721, la edad que se exigía era de 25 años; en otros tiempos y países fue de 23, y en otros, como Cuba y España, de 21. Entonces, ¿cómo pudo iniciarse José Martí en Madrid, si cumplió esa edad el 28 de enero de 1874 cuando ya estaba establecido en Zaragoza?.
No es nada excepcional que se inicien candidatos sin cumplir la mayoría de edad desde el punto de vista jurídico. Por ejemplo, George Washington fue recibido con 20 años. Según Fernández Callejas, el Gran Oriente Lusitano Unido se regía por los Estatutos Generales de Nápoles de 1820, y estos contemplaban una serie de condiciones bajo las cuales se autorizaban la iniciación con 18 años. Los Estatutos del Gran Oriente Hespérico Reformado, aprobados en España en 1845, admitían al candidato de 18 años, siempre que contara con el consentimiento del padre o tutor. Pero lo que más parece ajustarse a la situación del joven José Julián son las dispensas que contempla el artículo cuatro de esos Estatutos donde se lee, que: “Quedan relevados del consentimiento paterno los militares y empleados y los estudiantes de las Universidades”. Este último sí puede comprender el caso de Martí. En enero de 1871 cumplió la edad mínima requerida, en mayo ingresa en la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Madrid, y en agosto de ese mismo año se cumplirían los seis meses de residencia en el lugar que exigía a los aspirantes. Digo, si este último trámite se cumplía siempre.
Por tanto, José Martí pudo haberse iniciado en la logia “Armonía” a fines de 1871 o en los primeros meses del siguiente año.
Queda otro aspecto susceptible de considerarse exagerado: los cargos ocupados y los grados alcanzados en tan poco tiempo. |